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    Industria ecoeficiente

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    Industria Ecoeficiente

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    Conceptos básicos

    • Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa 2019/2020
    • PROYECTOS ECOINNOVADORES 2017
    • FONDOS FEDER 2014-2020
    • Uso eficiente de los recursos

    Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa 2019-2020

    european business awards

    Los Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea reconocen y premian a aquellas empresas que combinan con éxito la viabilidad económica de sus negocios con la protección del medio ambiente.

    Cualquier empresa de un estado miembro de la Unión Europea o país candidato a ingresar puede presentar su candidatura. Para optar a estos galardones, las compañías deben superar primero una fase eliminatoria nacional; este proceso garantiza que las empresas que se alzan con el premio sean las más innovadoras, responsables y con más visión de futuro de Europa.

    El departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, a través de su sociedad pública Ihobe, se encarga de gestionar la sección País Vasco de los Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa, en coordinación con la Fundación Biodiversidad, entidad pública adscrita al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de España.

    La edición 2019/2020 de los Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa- Sección País Vasco se organiza en torno a las siguientes categorías:

    • Gestión
    • Producto y/o servicio
    • Proceso
    • Cooperación empresarial internacional
    • Empresa y Biodiversidad

    En cada categoría se premiará a Micro y Pequeñas Empresas y a Medianas y Grandes empresas.

    Asimismo, todas las candidaturas del País Vasco podrán optar a la Categoría Especial “Economía Circular”.

    El plazo de presentación de candidaturas finaliza el 12 de noviembre de 2019.

    NOTA IMPORTANTE: EL PLAZO SE HA AMPLIADO HASTA EL 28 DE NOVIEMBRE.



    • Formulario: Categoría Empresa y Biodiversidad
    • Formulario: Categoría producto y/o servicio
    • Formulario: Categoría Gestión
    • Formulario: Categoría Proceso
    • Formulario: Categoría Cooperación
    • Bases. Sección País Vasco de los Premios Europeos de Medio Ambiente a la Empresa 2019-2020

    Proyectos Ecoinnovadores 2017

    Dentro de la convocatoria de ayudas para proyectos ecoinnovadores 2017, el departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, a través de la sociedad pública Ihobe, ha concedido ayudas por valor de un millón de euros a 11 proyectos ecoinnovadores en economía circular y medio ambiente. Estas ayudas estas ayudas están coofinanciadas por el departamento de Presidencia del Gobierno Vasco y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER.

    De todos los proyectos presentados el 58% han recibido ayudas y en los mismos participan un total de 23 organizaciones. Los proyectos iniciados en 2017 son:

    • REQUIPLAST: Reciclaje químico de plásticos, liderado por Petronor con apoyo de Gaiker IK4, siendo este el primer proyecto “tractor” seleccionado
    • ENDOFPLASTICS: Recuperación integral de residuos plásticos post-consumo de la CAPV en su fin de vida mediante integración de estrategias de tratamiento y tracción de la cadena de valor, liderado por Ekorec
    • C-RECYCLING II: Revalorización de residuos de fibra de carbono, liderado por Gaiker IK4 con el soporte de Koniker (Fagor Arrasate), Polikea y Lumasuite
    • ALUREC: Obtención de corindón a partir de paval para el desarrollo de aluminio primario de origen reciclado, liderado por Befesa Aluminio con apoyo de Ecoindal
    • STRAMER: Valorización de metales estratégicos, liderado por Reydesa
    • ADDIECO: Desarrollo de una metodología de fabricación ecológica de componentes aeronáuticos mediante tecnología aditiva y sustractiva. Proyecto incluido en la línea de Tecnologías y Procesos más limpios, liderado por Tekniker IK4 con el apoyo de Gnc Láser
    • REMACOMP: La ecoinnovación en los autobuses, liderado por Lanteko Berria, en colaboracióbn Irizar y Econia
    • ELIKA-PEF: Sistema avanzado para el cálculo, información y verificación de la huella ambiental de productos alimentarios en la CAPV, liderado por Eroski en colaboración con Azti Tecnalia, Ingenet, Balenzategui, Errekalde Txakolina

    Otros proyectos subvencionados en esta convocatoria, dirigidos a desarrollar soluciones para reducir los impactos ambientales en el ámbito territorial son:

    • BIORECIGAS: Abatimiento de gases de efecto invernadero (GEIs) de origen industrial mediante biofiltración, liderado por Alging 
    • BIOREM: Aplicación de estrategias de biorremediación en suelos contaminados por deposición de fangos de depuradora, liderado por la Universidad del País Vasco UPV-EHU. 
    • CITY SEDUCE: Herramienta prospectiva para la planificación y gestión de oportunidades de transición urbana hacia un modelo adaptativo de sostenibilidad ambiental y territorial a escala local, comarcal y regional, liderado por la empresa Naider. 


    Programa Operativo País Vasco FEDER 2014-2020


    La Estrategia Europea 2020 es la estrategia de la Unión Europea para el crecimiento y el empleo, iniciada en el 2010 con una duración prevista de 10 años. Su objetivo es crear las condiciones necesarias para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.


    La Política de Cohesión, en el marco de la Estrategia Europa 2020, es el principal instrumento directo que tiene la Unión Europea para impulsar el crecimiento y el empleo en las regiones europeas. A través de esta política se pretende reducir las disparidades entre las Regiones de la Unión, favoreciendo la igualdad de oportunidades entre las personas.


    El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es uno de los fondos con los que cuenta la Política de Cohesión para alcanzar los objetivos planteados, en concreto centra sus inversiones en áreas prioritarias como la innovación e investigación, desarrollo de la economía digital, apoyo a las pequeñas y medianas empresas y el desarrollo de la economía baja en carbono.


    El proceso de programación de los Fondos Estructurales de Inversión Europeos para el período 2014-2020 en España se ha completado con la aprobación del Acuerdo de Asociación de España 2014-2020, y en el caso del país Vasco, con la aprobación por la Comisión Europea del Programa Operativo (PO) 2014-2020 Febrero de 2015.
    El PO FEDER del País Vasco 2014-2020 debe contribuir a aumentar la competitividad económica, reforzar la cohesión y la igualdad social y la sostenibilidad del modelo productivo a través de 6 ejes prioritarios.


    El eje 6: Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Este eje consta, entre otras, de la siguiente prioridad de inversión (PI):


    PI 6.7: Apoyo a la transición de la industria hacia una economía eficiente en el uso de los recursos, promoción del crecimiento ecológico, la innovación ecológica y la gestión del impacto medioambiental en los sectores público y privado.

    Proyectos cofinanciados:
    - AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS ECOINNOVACIÓN 2014-2020 (Convocatoria 2016, 2017, 2018)
    - AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ECODISEÑO POR PARTE DEL SECTOR INDUSTRIAL 2014-2020 (Convocatoria 2017, 2018)
    - PROYECTOS DE DEMOSTRACIÓN EN ECONOMÍA CIRCULAR 2014-2020
    (Convocatoria 2017, 2018)

    Proyectos promovidos por la sociedad pública de gestión ambiental Ihobe en ecoinnovación, ecodiseño y economía circular:

    • AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ECOINNOVACIÓN 2018
    • AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE DEMOSTRACIÓN EN ECONOMÍA CIRCULAR. CONVOCATORIA 2018
    • AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ECODISEÑO. CONVOCATORIA 2018
    • AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ECODISEÑO DURANTE EL EJERCICIO 2017
    • AYUDAS PARA PROYECTOS DEMOSTRACIÓN EN ECONOMÍA CIRCULAR DURANTE EL EJERCICIO 2017
    • AYUDAS 2017 AL DISEÑO EXCELENTE DE PROYECTOS DE I+D+I EN ECOINNOVACIÓN
    • AYUDAS 2017 A PROYECTOS DE ECOINNOVACIÓN

    Pulse aquí para ver y descargar toda la documentación.

    Encuentro sobre economía circular, uso eficiente de los recursos y ecodiseño

    En la actualidad, uno de los principales retos a los que se tienen que enfrentar las empresas es a la escasez de materias primas. De acuerdo con las últimas estimaciones realizadas, el consumo mundial per cápita de materiales se ha duplicado, mientras que el consumo de energía primaria se ha triplicado. En este contexto se ha calculado que en la Unión Europea un aumento del 1% en la eficiencia de los recursos equivaldría a 23.000 millones de euros para las empresas y permitiría crear 200.000 empleos.

    Además diferentes estudios aseguran que con la adopción de enfoques circulares de producción por parte de las empresas europeas podrían lograr ahorros netos de 600.000 millones de euros, lo que representa el 8% del volumen total de negocio actual.

    Workshop

    Sobre estos temas se debatió el 14 de febrero en Madrid en el Workshop: Competir en una economía más circular y eficiente en el uso de los recursos ,  coorganizado por Ihobe, sociedad pública del Gobierno Vasco y el Centro Europeo de Conocimiento en Eficiencia de Recursos-EREK, con el apoyo de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea, el Ministerio de Transición Ecológica y el Club de Excelencia por la Sostenibilidad. 

    En el encuentro se expusieron los retos que supone la economía circular y el uso eficiente de los recursos para la competitividad de las empresas y se tuvo la oportunidad de conocer los instrumentos de la Comisión Europea que facilitan la transición hacia una economía más circular. La jornada, a la que asistieron más de 200 personas, fue retransmitida via streaming.

    Workshop: Competir en una economía más circular y eficiente en el uso de los recursos (VIDEOS)

    Tecnologías Limpias

    • Listado Vasco de Tecnologías Limpias
    • Beneficios Ambientales
    • Beneficios Fiscales
    • Equipos del Listado

    Listado Vasco de Tecnologías Limpias

    listado vasco de tecnologias limpias
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    El Listado Vasco de Tecnologías Limpias de la Comunidad Autónoma del País Vasco es una relación de equipos industriales alineados de acuerdo con las políticas de competitividad, medio ambiente y energía del País Vasco. La adquisición de estas tecnologías conlleva la aplicación de una deducción fiscal del 30% del coste de inversión del equipo.

    Estos equipos han sido seleccionados por un Comité Técnico para integrar el citado listado por su mejor rendimiento ambiental y su baja implantación en el tejido industrial del País Vasco.

    La selección de tecnologías para su inclusión en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias se realiza mediante una prospección activa por parte del departamento del Gobierno Vasco competente en materia de medio ambiente, con la colaboración del departamento competente en materia de industria.

    Una vez seleccionadas las tecnologías con una metodología ad hoc, éstas son evaluadas por el Comité Técnico, integrado por representantes de las siguientes entidades:

    • Viceconsejería de Medio Ambiente
    • Sociedad pública de Gestión Ambiental Ihobe
    • Agencia de Desarrollo Empresarial del Gobierno Vasco, SPRI
    • Ente Vasco de la Energía, EVE
    • Órgano de Coordinación Tributaria

    Tras la evaluación, el Comité realiza una propuesta de Listado a entrar en vigor en el siguiente ejercicio. Esta propuesta se publica en el Boletín Oficial del País Vasco mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

    El Listado Vasco de Tecnologías Limpias 2016 incluye un total de 92 tecnologías incorporadas a equipos y dirigidas a los sectores industriales medioambientalmente prioritarios en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    Beneficios Ambientales

    Los equipos del Listado de Tecnologías Limpias del País Vasco:

    • Contribuyen a mejorar los resultados energéticos y ambientales .
    • Incrementan la eficiencia de los procesos industriales que se realizan en el País Vasco, especialmente de las Pymes.
    • Posibilitan un uso y gestión inteligente de las materias primas.
    • Impulsan la reutilización, reciclaje y valorización.
    • Tienen un impacto medioambiental global positivo.
    • Tienen un grado de implantación iniciado, pero no plenamente consolidado en el sector propuesto, valorándose positivamente que el número de instalaciones potenciales a las que se podría transferir la tecnología sea elevado.
    • Registran valores ambientales mejores que los establecidos por la legislación medioambiental en vigor.
    • Se trata de tecnologías de naturaleza preventiva frente a las de fin de proceso.
    • Tienen un impacto ambiental global positivo para los diferentes aspectos ambientales (aire, agua, residuos, suelo, energía y ruido) y significativamente mejor que otras tecnologías disponibles.

    Beneficios Fiscales

    Tecnologias limpias. Beneficios fiscales
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    Las empresas con sede en el País Vasco pueden obtener una deducción de la cuota líquida en el Impuesto de Sociedades del 30% del importe de la inversión realizada en cualquiera de los equipos completos definidos en la Orden del Departamento correspondiente del Gobierno Vasco por la que se aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.
    Este beneficio fiscal se recoge en el Artículo 65 de las Normas Forales del Impuesto sobre Sociedades de los tres Territorios Históricos y forma parte de las denominadas “deducciones con límite de aplicación”. Actualmente se encuentran en vigor las siguientes normativas:

    • Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del impuesto sobre Sociedades (B.O.T.H.A. nº  148 de 27-12-13, Suplemento y B.O.T.H.A. nº 10 de 27-1-14, Suplemento)
    • Norma Foral 11/2013 de 5 de diciembre, del Impuesto Sobre Sociedades (B.O.T.H.B. de 13 diciembre)
    • Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa (B.O.T.H.G de 22 de enero de 2014)

    Los incentivos fiscales que se otorgan con referencia al Listado Vasco de Tecnologías Limpias se ajustan a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Los límites máximos cuantitativos y temporales a deducir por una empresa, permitidos por las normativas en vigor, son los siguientes:

    1. Reglamento (UE) nº 1407/2013 de ayudas de minimis: El importe total de ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000€ durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
    2. Normativas forales: La deducción por inversión en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias forma parte de las denominadas “deducciones con límite de aplicación”.
      • En una liquidación del impuesto solo se podrán aplicar estas deducciones hasta alcanzar el 45% de la cuota líquida.
      • Las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota podrán aplicarse en las liquidaciones de los periodos impositivos que concluyan en los quince años inmediatos y sucesivos.
      • El cómputo de los plazos para la aplicación de las deducciones podrá diferirse hasta el primer ejercicio en que, dentro del período de prescripción, se produzcan resultados positivos.

    Otras deducciones en el País Vasco

    Tal y como se regula en los artículos 61, 62, 63, y 65 de las Normas Forales del Impuesto de Sociedades, en el País Vasco se mantiene:

    • La deducción por inversiones en activos no corrientes nuevos (10%)
    • la deducción por actividades de investigación y desarrollo (30%-50%)
    • la deducción por actividades de innovación tecnológica (15%)

    La deducción por inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía (15%), en concreto para la minimización, reutilización y valorización de residuos, la movilidad y el transporte sostenible, la regeneración medioambiental de espacios naturales consecuencia de la ejecución de medidas compensatorias o de otro tipo de actuaciones voluntarias, la minimización del consumo de agua y su depuración y el empleo de energías renovables y eficiencia energética

    Notificación de adquisición de equipos incluidos en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias

    Equipos del Listado

    El Listado incluye un total de 92 tecnologías seleccionadas por su mejora ambiental en las áreas de agua, emisiones, residuos, energía, ruido, consumo y recursos. Se trata de tecnologías dirigidas a los sectores industriales medioambientalmente prioritarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    Las tecnologías se han seleccionado por su alto componente de innovación en el sector de la industria vasca y por su baja implantación en el tejido industrial.

    Categorías

    Agua
    • Microfiltración
    • Ultrafiltración
    • Intercambiadores Iónicos
    • Filtración con carbón activo
    • Instalaciones de reciclado de agua para túneles de lavado de coches, camiones y autobuses
    • Electrodiálisis
    • Electrocoagulación
    • Osmosis Inversa (OI)
    • Bioreactor de membranas
    • Instalación de reutilización de agua de aspersión
    • Filtro estático para toma de agua con luz de paso < 10 mm
    • Tamiz de finos autolimpiante
    Emisiones
    • Extracción y filtrado de nieblas
    • Cabina de aspiración portátil con sistema de depuración de emisiones
    • Unidad de tratamiento de emisiones de COV's por adsorción con recuperación de disolventes
    • Filtro Modular y/o de mangas para partículas entre PM 10 y PM 2,5
    • Unidad de tratamiento de emisiones de COV's por oxidación térmica y recuperación de calor
    • Electrofiltro por vía seca para partículas entre PM 10 y PM 2,5
    • Instalación de aspersión con aditivos para minimizar las emisiones de polvo en las zonas de almacenaje
    • Unidad de curado de pinturas y revestimientos con bajo contenido de disolvente por rayos ultravioleta
    • Electrofiltro por vía húmeda para partículas entre PM 10 y PM 2,5
    • Reducción selectiva no catalítica con una reducción de emisiones de NOx > 55 %
    • Oxidación térmica regenerativa
    • Oxidación catalítica
    • Quemador de bajas emisiones de NOx (emisiones de NOx < 100 mg/Nm³ para quemadores de gas, < 300 mg/Nm³ para quemadores de combustible líquido)
    • Venturis fijos (distribuidores de aire para cabinas de pintura al agua)
    • Sistema de Molde Cerrado - Proceso RTM
    • Sistema activo de recuperación de gases de fase II en dispensadores de combustible
    • Sistema cerrado de limpieza de depósitos con regeneración de disolventes
    • Sistema de filtración de gas de soldadura
    • Ionización (tratamiento con plasma)
    • Fotoxidación
    • Biolavador
    • Biofiltro para el tratamiento de gases
    • Tubos de cascada con detectores de nivel
    • Cerramiento de instalaciones fijas de triturado y clasificación (aplicado al reciclado de fracciones pétreas de residuos de construcción y demolición
    • Plastificadora que utiliza adhesivos sin disolventes
    • Filtro de partículas Diesel para vehículos pesados existentes con motores EURO I, II o III
    Energia
    • Centro de transformación integrado
    • Centro de Transformación Compacto Compartimentado
    • Variador de frecuencia
    • Energy Saving Module
    • Caldera de condensación
    • Caldera de baja temperatura
    • Caldera de alta eficiencia energética (3 Estrellas)
    • Quemador regenerativo
    • Quemador de Llama Plana
    • Quemador de Tubo Sumergido
    • Unidad Compacta de Microcogeneración
    • Equipos de absorción para la producción de frío, de llama directa
    • Bombas de calor con motor de gas
    • Bombas de calor de alto rendimiento (COP>4)
    • Equipo de regulación lumínica por presencia para zonas de paso sin iluminación natural
    • Regulación lumínica por sonda para edificios con aporte de luz natural
    • Secado por infrarrojos
    • Equipo de calefacción con combustión en vena de aire
    • Colector Solar Térmico Plano para calentamiento de agua
    • Colector Solar Térmico de vacío para calentamiento de agua
    • Colector Solar Fotovoltaico
    • Aerogeneradores
    • Sistema de acumulación térmica de hielo
    • Sistema electrónico de control de purgas en generadores de vapor
    • Láser Nd:YAG bombeado por díodo
    • Surtidor flexible para suministro de etanol
    • Equipo de climatización mediante energías renovables o calores residuales
    • Vehículo eléctrico
    • Puntos de recarga de vehículos eléctricos
    Ruido
    • Silenciador absorbente
    Recursos
    • Filtro mineral autolimpiable
    • Sistema mixto de filtrado para rectificadoras
    • Equipos automático de mezclado
    • Lavadora industrial de detergente biodegradable
    • Máquina de limpieza, desengrase y secado por ultrasonidos
    • Cámara de recubrimientos por técnicas en fase vapor PVD
    • Sistema de lubricación por cantidades mínimas (MQL)
    • Desengrase en circuito cerrado (destilador al vacío + carbón activo)
    • Instalación de recuperación del exceso de pinturas / lacas aplicadas con pistola
    • Desengrase y/o fosfatación orgánica
    Residuos
    • Equipo móvil de filtración de taladrina
    • Prensa briquetadora
    • Cristalizador de sales metálicas
    • Lavador de ruedas a alta presión
    • Secado eléctrico de lodos para pequeñas producciones.
    • Separador de metales no férricos
    • Separador de plásticos de residuos
    • Tecnología RFID para la gestión y recogida de residuos
    • Decapado de pintura y recubrimiento, por inducción
    • Limpieza y tratamiento superficial por láser
    • Evaporador al vacío

    Certificaciones ambientales

    • Ekoscan
    • Certificación EMAS
    • Empresas con certificaciones ambientales

    Ekoscan

    ekoscan
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    Ekoscan® es una norma de carácter privado promovida por la sociedad pública Ihobe y constituye una de las herramientas principales para la sistematización de la mejora ambiental.

    Este certificado oficial es expedido por Ihobe, en función de las recomendaciones emitidas por la entidad de certificación que haya llevado a cabo la auditoría. Estas auditorías tienen carácter anual y la validez de los certificados está supeditada a la existencia de resultados de mejora ambiental.

    El objetivo de la norma Ekoscan es que la empresa incorpore la variable ambiental en los procesos de gestión gracias al diagnóstico ambiental Ekoscan, que refleja con nitidez en qué situación se encuentra la empresa. El Plan de Mejora Ambiental que define Ekoscan para la mejora continua consigue resultados que son medidos y cuantificados permitiendo obtener la certificación oficial Ekoscan.

    Este certificado está dirigido a cualquier empresa y organización, y en particular, a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco que deseen gestionar sus aspectos ambientales con agilidad y un claro enfoque orientado a obtener resultados.

    Ventajas de la certificación

    • Certifica un Sistema de Gestión de Mejora Ambiental, según la Norma Ekoscan, auditada por las más prestigiosas certificadoras (AENOR, BVQI, Lloyds, TÜV, SGS, DNV, IAC...).
    • Reconoce que la empresa obtiene resultados de mejora ambiental y cumple con la legislación ambiental vigente.
    • Eleva la motivación de los empleados y empleadas al requerir su participación en el proceso.
    • Se trata de un servicio muy optimizado, aplicado con éxito en más de 800 empresas del País Vasco.
    • Implanta medidas de mejora ambiental que suponen un ahorro económico para la empresa.
    • Los resultados económicos y ambientales son apreciables a corto plazo.
    • Tras tres años de certificación se concede el certificado Ekoscan+, que asegura un cumplimiento de la legislación ambiental en un nivel similar al Reglamento EMAS.
    • Conlleva un coste reducido frente a otro tipo de certificaciones.

     Entidades de Certificación Ekoscan

    Certificación EMAS

    emas

    El sistema de gestión medioambiental EMAS (Sistema Comunitario de Gestión Y Auditoría Medioambientales) es una apuesta estratégica de la Comisión Europea que está alineada con la Estrategia Europa 2020 dirigida a lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

    Según datos registrados en 2016, en Europa hay un total de  2.887 organizaciones, con más de 10.000 plantas registradas con la certificación ambiental EMAS.

    Las empresas europeas que tienen implantado este sistema de certificación ambiental señalan entre sus beneficios:

    • Reducción de incidentes negativos
    • Mejora de las relaciones con las partes interesadas
    • Aumento de las oportunidades de mercado
    • Mejora de la productividad por el mayor control operacional
    • Ahorros financieros
    • Mejoras en la contratación y la retención del personal

    En definitiva, el registro en el Sistema Emas:

    • Minimiza la eventualidad de incumplir la normativa ambiental y el riesgo de sufrir sanciones económicas
    • Reduce las primas de los seguros y las fianzas exigidas por la normativa ambiental
    • Favorece la mejora de la imagen y el aumento de la confianza en las empresas y entidades en relación con sus clientes, entidades socias, accionistas y personas consumidoras
    • Incrementa la sensibilización y la motivación del personal
    • Otorga nuevas perspectivas de oportunidades de negocio
    • Listado de empresas del País Vasco inscritas en el Registro EMAS
    • Inscripción en el Registro EMAS del País Vasco

    Empresas con certificaciones ambientales

    Consulte a través de este buscador las empresas con algún tipo de certificación ambiental como la etiqueta ecológica europea; certificado de registro EMAS; gestión ambiental del proceso de diseño y desarrollo- Ecodiseño; sistema de gestión ambiental; Norma Ekoscan; y Declaración Ambiental de Producto

    Empresas con certificaciones ambientales

    Actualidad

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    Ecodiseño, Economía circular, Industria ecoeficiente

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    17/02/2021

    Ecodiseño, Economía circular, Industria ecoeficiente

    68 programas de ayudas con un presupuesto de 430 millones para las PYMES de Euskadi

    El Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente ha presentado el plan de ayudas para PYMES 2021, que recoge 68 programas con un presupuesto de 433 millones de euros. Estas ayudas tienen como objetivo la reactivación económica y generación de empleo de calidad, atendiendo especialmente también al desarrollo sostenible de Euskadi.

    Industria ecoeficiente

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    Industria ecoeficiente

    Ecodiseño para crear camisas de motor más resistentes y sostenibles

    18/12/2020

    Industria ecoeficiente, Medio ambiente

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    Industria ecoeficiente, Medio ambiente

    El Gobierno Vasco subvenciona con 2 millones de euros 66 proyectos de mejora ambiental en la industria vasca

    17/12/2020

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    Industria ecoeficiente

    21 jun 2019

    Industria ecoeficiente

    Jornada Informativa sobre la transición del certificado Ekoscan Plus a la certificación ambiental europea EMAS. Ayudas y apoyo técnico

    El objetivo de la jornada es informar a las organizaciones del País Vasco con certificación EKOSCAN sobre el proyecto que ha puesto en marcha el departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda con la colaboración de la Sociedad Pública Ihobe para realizar la transición de la certificación Ekoscan Plus al Sistema de Gestión Ambiental Europeo EMAS. En la jornada se expondrán las medidas técnicas diseñadas para facilitar este proceso así como las ayudas económicas existentes...

    •    Edificio Plaza Bizkaia Eraikina, Alda Urquijo/Urkixo zumarkalea, 36 - Bilbao

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    Preguntas frecuentes

    TODAS LAS PREGUNTAS FRECUENTES

    ¿El aparcamiento de mi industria tiene iluminación exterior ¿Debo cumplir algún tipo de requisito legal para evitar la contaminación lumínica?

    Sí, si la instalación es posterior al 1 de abril de 2009 o si ha sufrido una modificación o ampliación que afecte a más del 50% de la potencia o luminarias instaladas con posterioridad a esta fecha. En este caso, será necesario que la instalación cumpla con los requisitos establecidos en la ITC-EA-03 sobre resplandor luminoso nocturno y luz intrusa o molesta, aprobada por el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
    Para el resto de instalaciones, no se ha publicado en el País Vasco ninguna norma que regule la adecuación de la iluminación a los requisitos legales relativos a la contaminación lumínica. Aun así, se recomienda dar cumplimiento al contenido de la ITC-EA-03 y de este modo evitar el resplandor luminoso nocturno y la luz intrusa o molesta.
    Puede consultar el contenido del Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07 accediendo al siguiente enlace: http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2008-18634

    ¿Cuál es el objeto del Reglamento REACH?

    Para el Reglamento REACH (Reglamento 1907/2006), la responsabilidad sobre la correcta gestión de los riesgos generados por los productos químicos recae sobre las personas físicas o jurídicas que fabrican, importan o usan estas sustancias en el contexto de su actividad profesional.

    El Reglamento consiste en una reforma de las condiciones de comercialización y utilización de sustancias y preparados químicos, mediante un sistema que integra el Registro de sustancias cuyo volumen de producción/importación sea >1 t/año, la Evaluación de ciertas sustancias por los Estados miembros, la Autorización de sustancias extremadamente preocupantes y la Restricción en determinados casos.

    Más información:
    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:396:0001:0852:ES:PDF
    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2007:136:0003:0280:ES:PDF
    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:141:0022:0022:ES:PDF
    http://echa.europa.eu/home_en.asp (Agencia europea de sustancias químicas)
    http://reach.jrc.it/guidance_en.htm (Documentos guía)

    ¿A partir de qué cantidades una instalación de almacenamiento de productos químicos debe estar inscrita en el registro de establecimientos industriales?

    Las cantidades a partir de las cuales un almacenamiento debe estar inscrito en el registro de establecimientos industriales de instalaciones de almacenamiento se detallan en el artículo 2 del Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7.

    • A nivel general, estas cantidades son las que se relacionan a continuación:
    • Sólidos tóxicos: clase T+, 50 kg; clase T, 250 kg; clase Xn, 1.000 kg.
    • Comburentes: 500 kgs.
    • Sólidos corrosivos: clase a, 200 kg; clase b, 400 kg; clase c, 1.000 kg.
    • Irritantes: 1.000 kg.
    • Sensibilizantes: 1.000 kg.
    • Carcinogénicos: 1.000 kg.
    • Mutagénicos: 1.000 kg.
    • Tóxicos para la reproducción: 1.000 kg.
    • Peligrosos para el medio ambiente: 1.000 kg.

    Además, en el caso que el producto almacenado disponga de una instrucción técnica específica será necesario consultar su contenido para poder comprobar si existe alguna excepción. Los productos químicos para los que existen instrucciones técnicas son: Líquidos inflamables y combustibles (ITC-MIE-APQ 1), Óxido de etileno (ITC-MIE-APQ 2), Cloro (ITC-MIE-APQ 3), Amoníaco anhidro (ITC-MIE-APQ 4), Gases comprimidos, licuados y disueltos a presión (ITC-MIE-APQ 5), Líquidos corrosivos (ITC-MIE-APQ 6), Líquidos tóxicos (ITC-MIE-APQ 7), Fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno (ITC-MIE-APQ 8) y Peróxidos orgánicos (ITC-MIE-APQ 9).

    Más información en:
    http://www.euskadi.net/r33-2733/es/contenidos/autorizacion/instalacion_productos_quimicos/es_7505/instalacion_productos_quimicos.html

    ¿Qué tramitaciones ha de seguir una empresa para legalizar sus focos?

    La normativa que regula las emisiones a la atmósfera es la Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera, y el Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de protección del ambiente atmosférico5 (BOEnúm. 96, de 22 de abril de 1975; c.e. BOE núm. 137, de 9 de junio de 1975).Según la Ley 34/2007 se consideran Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera, las incluidas en su Anexo IV, en el que se define el Catálogo de Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera (CAPCA). Los titulares de las instalaciones Actividades Potencialmente Contaminadoras de la Atmósfera deberán:

    1. Comprobar si la actividad principal de su instalación se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 34/2007 identificándola en alguna categoría de la catalogación del citado Anexo IV.
    2. Identificar todos los focos de emisión a la atmósfera (confi nados y difusos) que disponeen su instalación. Clasificar cada uno de los focos individualmente dentro del CAPCA.
    3. Solicitar la legalización (obtención de la Autorización correspondiente) de su actividad como potencialmente contaminadora de la atmósfera.

    Los Focos Potencialmente Contaminadores de la Atmósfera se dividen en tres categorías A, B y C dependiendo del grado de contaminación que ocasionarían, los focos tipo A serían los potencialmente más contaminantes, los B intermedios y los C de menor contaminación:

    • Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera del grupo A: cuando la actividad global está clasificada como grupo A o posee al menos un foco del grupo A.
    • Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera del grupo B: cuando la actividad global está clasificada como grupo B, no posee focos A, pero sí al menos un foco del grupo B.
    • Actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera del grupo C: cuando la actividad global está clasificada como grupo C y no posee focos A ni B, pero sí al menos un foco del grupo C.

    Una vez que se ha comprobado que la instalación es una Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera, el titular de la misma deberá solicitar la legalización ante el Servicio de Aire y Ruido del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco. Dependiendo del Grupo (A, B o C) adjudicado a la instalación se deberá presentar inicialmentela documentación que se indica a continuación con el fin de iniciar la legalización:

    Focos Grupos A y B6:

    • Solicitud Alta de Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera Grupos A/B.
    • Proyecto (Artículo 8, Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección dela contaminación atmosférica de origen industrial).
    • Cálculo altura foco grupos A y B - El cálculo de la altura de chimenea se deberá realizar:
    • Utilizando las instrucciones establecidas en el Anexo II de la Orden de 18 de Octubrede 1976 sobre Prevención y Corrección de la Contaminación Atmosférica de Origen Industrial. En el caso de que no se cumpla el mínimo de impulso vertical convectivo, se deberá utilizar el "Manual de Cálculo de Altura de Chimeneas Industriales" editado por el Ministerio de Industria y Energía.
    • Deberá indicar la fuente para la contaminación de fondo, y se tomarán medias anuales del año anterior.
    • Se tomará como concentración de referencia la establecida en el Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partícula... y demás normativa aplicable.

    Focos grupo C:

    • Solicitud Alta de Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera Grupo C.
    • Memoria técnica "Guía para la elaboración de la memoria técnica".

    Posteriormente desde el Servicio de Aire y Ruido del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, y una vez estudiada la documentación inicial, en su caso, se procederá de la siguiente manera:

    • En caso de que la documentación se considere suficiente para continuar con el trámite de legalización de la instalación, se remitirá un requerimiento de medición.
    • En caso de que la documentación aportada se considere insuficiente para continuar con el trámite de legalización de la instalación, se remitirán requerimientos de documentación complementaria con el fi n de obtener toda la información que se considere necesaria. El Servicio de Aire y Ruido del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco analizará la documentación de respuesta el requerimiento de medición y en caso de que:
    • Se cumplan todos los requisitos y normativa exigidos: se procederá a la remisión de la Resolución correspondiente para la instalación.
    • No se cumplan correctamente todos los requisitos establecidos en el requerimiento de medición; o no se cumpla con lo establecido en las "Instrucciones Técnicas" emitidas por la Viceconsejería de Medio Ambiente; o alguno de los focos no cumpla los Valores Límite de Emisión exigidos por la normativa aplicable (RD 833/1975, RD 117/2003, Licencia de Actividad, etc.); etc: se remitirá un requerimiento de subsanación en el que se solicitará la corrección de los incumplimientos. Finalmente, el titular de la instalación deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley 34/2007, así como lo establecido en la Resolución correspondiente, es decir:-
    • Cumplimiento de los Valores Límite de Emisión para cada foco.
    • Realización de los controles periódicos por OCA en la frecuencia establecida.
    • Condiciones de funcionamiento generales y específicas establecidas en la Resolución para la instalación.

    Otros trámites, modificaciones (nuevos focos, modificaciones de legalizados) y bajas defocos:

    • Focos nuevos: En el caso de que una instalación previamente legalizada como Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmósfera (APCA en adelante) debido a cambios de los procesos, etc. derive en un nuevo foco, se deberá solicitar la autorización del mismo.
    • Focos eliminados: En el caso de en una instalación previamente legalizada como APCA por diversas causas elimine un foco deberá solicitar la baja del correspondiente foco.
    • Focos modificados: En el caso de en una instalación previamente legalizada como APCA debido a cambios de los procesos, cambios en los sistemas de evacuación, etc. derive en una modificación del foco, deberá:
    1. Solicitar la baja del correspondiente foco que ya se incluía en su Resolución (o certificado) correspondiente.
    2. Solicitar la autorización del mismo.

    Por otra parte, en el caso de instalaciones sujetas a la Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrados de la contaminación, IPPC, se deben integrar en un solo acto de intervención administrativa las autorizaciones ambientales previstas en la legislaciónen vigor, por lo que la Autorización Ambiental Integrada regulará también las emisiones ala atmósfera y se deberá presentar junto con la solicitud de Autorización Ambiental Integradala documentación necesaria para la legalización de los focos.

    Actualmente el Órgano competente al respecto es:

    VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE

    Servicio de Aire y RuidoDirección de Planifi cación, Evaluación y Control Ambiental

    C/ Donostia- San Sebastián,1, Ed. Lakua II

    01010 Vitoria

    tfnos.: 945 01 98 75 - 945 01 69 62 - 945 01 69 79- 945 01 69 66

    http://www.ingurumena.ejgv.euskadi.net/r49-3614/es/contenidos/informacion/apca/es_aire/apca.html

     

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