Una ley frente a la emergencia climática Descargar La Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático facilita la alineación de Euskadi con todas las normativas, políticas y planes con las que ha expresado su compromiso y adhesión, que tienen como objetivo alcanzar la neutralidad, la resiliencia y una transición justa para 2050. La atmósfera está calentándose, con graves consecuencias para nuestro medio ambiente y nuestras sociedades. El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) cree que para limitar el aumento de la temperatura mundial a 1,5 °C con respecto a la época preindustrial y reducir los efectos negativos del cambio climático el mundo debe disminuir rápidamente sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que calientan el clima, a fin de alcanzar un nivel de cero emisiones netas de CO2 de aquí a 2050 y de todos los demás gases de efecto invernadero algo más tarde en este mismo siglo. La Unión Europea mediante la Ley Europea del Clima establece el marco para lograr la neutralidad climática, un objetivo vinculante de reducción de emisiones de CO2 en 2030 del 55% respecto de 1990 y de neutralidad de emisiones de GEI en 2050. Dentro de este desafío global, son las regiones y entidades locales quienes adoptan más del 70% de las medidas de mitigación del impacto del cambio climático y hasta el 90% de las medidas de adaptación. En suma, corresponde a las regiones la aplicación del 70% de toda la legislación de la Unión europea, lo que representa un tercio del gasto público y dos tercios de la inversión pública. Fruto del amplio acuerdo y consenso sociopolítico, la Ley vasca 1/2024 supone el compromiso firme y voluntario de Euskadi en un ámbito donde las regiones no tenemos obligaciones como sí sucede, en cambio, con los Estados. En este sentido, el cambio climático es el reto frente al que esta ley actúa como motor que permitirá acelerar las políticas de mitigación a través de la reducción de emisiones y la transición energética, la adaptación del territorio frente a los previsibles impactos del cambio climático y la equidad que deben garantizar una transición justa.
La Ley de Transición Energética y Cambio Climático tiene por objeto establecer el marco jurídico estable para alcanzar la neutralidad climática en Euskadi a más tardar en el año 2050, compromiso emanado del Acuerdo de París, y aumentar la resiliencia de su territorio al cambio climático, mediante una transición justa y sostenible, social, económica y medioambiental, que garantice la equidad y la solidaridad. La Ley recoge, asimismo, en que se realizarán los esfuerzos necesarios para alcanzar la neutralidad climática en el año 2045, empleando para ello todas las actuaciones de descarbonización recogidas en la Ley, junto con los mecanismos de financiación que soporten dichas actuaciones. En la misma línea, se establece, para el año 2030, un objetivo intermedio de reducción de gases de efecto invernadero del 45% respecto al año de referencia de 2005, es decir, el equivalente a una reducción del 33% respecto a las emisiones de 1990. Se establece un ahorro en el consumo final de energía de, al menos, un 12% en el año 2030 y 37% en el año 2050, respecto al consumo de 2021; y la participación de las energías renovables en el consumo final energético de, al menos, un 32% en el año 2030.Adicionalmente la ley contempla: Contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales sobre reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la implantación de medidas de adaptación a los efectos del cambio climático. Focalizar el proceso de transición energética desde la perspectiva del ahorro y la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables y el uso de energías que permitan la descarbonización del modelo actual, garantizando la seguridad y competitividad del abastecimiento. Impulsar el proceso de descarbonización utilizando la transición energética en todos los sectores socioeconómicos vascos aumentado la actividad económica, la competitividad empresarial, la calidad del empleo y el bienestar de la sociedad, en el marco de un modelo de desarrollo sostenible desde los puntos de vista medioambiental, social y económico sostenible e inclusivo. Aumentar la capacidad de adaptación del territorio y sus instituciones, de las empresas y de la sociedad, para fortalecer la resiliencia y reducir la vulnerabilidad al cambio climático. Aprovechar las oportunidades del proceso de transición energética para impulsar la competitividad de la industria vasca basada en el desarrollo tecnológico e industrial. Fomentar la innovación empresarial e institucional en áreas relacionadas con la transición energética y la mitigación y adaptación al cambio climático con el objeto de incrementar la competitividad de la economía vasca, y la consecución de una economía más circular. Fomentar el cambio impulsando las energías de transición, la digitalización y colocando a las personas consumidoras como actores principales dentro del sistema energético. Impulsar la capacitación de la sociedad y la armonización en ámbitos como la financiación, la fiscalidad o la investigación para garantizar la justicia social y una transición justa. Fomentar la democratización de la energía, favoreciendo el acceso de la ciudadanía a ella y el derecho a la información. Impulsar la educación, la investigación y la difusión de la información en relación con el objeto de esta ley.
La ley 1/2024 establece la creación de figuras para la gobernanza: Oficina Vasca de Transición Energética y Cambio Climático, que realizará el seguimiento de los objetivos que persigue la ley y el control sobre el cumplimiento de la normativa, inventario de gases, actualización de escenarios climáticos, evaluación de la vulnerabilidad, canales de información, formación y comunicación, actividades de divulgación, gestión del sistema vasco de observación y apoyo al Comité Científico y a la asamblea ciudadana. Comité Científico en materia de Transición Energética y Cambio Climático tiene como objeto la elaboración un informe anual que se presentará en comisión parlamentaria y estará adscrito a la Oficina Vasca de Cambio Climático y Transición Energética. Asamblea Ciudadana de Transición Energética y Cambio Climático con el objetivo de impulsar la participación ciudadana. Las Comisiones de Sostenibilidad Energética se denominan en lo sucesivo Comisiones de Transición Energética y Cambio Climático y coordinan el ejercicio de las funciones el ámbito de las competencias de las diferentes Administraciones públicas. Además, se amplía el alcance de comisiones existentes como el Consejo Asesor del Medio Ambiente, órgano de relación y participación de las administraciones públicas vascas y los sectores representativos de intereses sociales, económicos y del conocimiento; el Pacto Social por la transición energética y cambio climático; y Asambleas ciudadanas promovidas por los ayuntamientos. La planificación incorpora medidas, herramientas, desarrollos normativos, mecanismos de financiación y fiscales para alcanzar la transición energética dando apoyo a comarcas, sectores económicos o industriales o segmentos de población. Los instrumentos de planificación establecidos por la Ley son la Hoja de Ruta de Largo Plazo de Transición Estratégica y Cambio Climático, las Estrategias de Transición energética y cambio climático y los Planes de Clima y Energía de los Territorios Históricos y entidades locales
Las clavesLa Ley Vasca de Transición Energética y Cambio Climático pone al mismo nivel las políticas de mitigación y adaptación recoge medidas específicas para hacer de Euskadi un territorio resiliente. Entre ellas, se plantean acciones como introducir la variable de cambio climático en los instrumentos de ordenación del territorio, identificar y proteger las infraestructuras críticas y sensibles analizando su riesgo climático ante sequías e inundaciones, garantizar el desarrollo de actividades en situaciones de emergencia o adaptar los propios sistemas de emergencias, protección civil y seguridad ante eventos producidos por el cambio climático. Las principales claves para entender la relevancia de la Ley de Transición energética y Cambio Climático son: Apuesta por la descarbonización Apuesta por la adaptación al cambio climático Oportunidades para la innovación y desarrollo tecnológico. Desinversión en explotación y extracción de hidrocarburos Uso de la fiscalidad para incentivar actuaciones Cálculo de huella de carbono en empresas, administraciones y entes públicos Eficiencia del sistema de gobernanza y aprovechamiento de estructuras existentes Pacto Social por la transición energética y cambio climático Cobeneficios para la salud y generación de nuevos empleos Perspectiva de género y transición justa