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Listado Vasco de Tecnologías Limpias

 
El Listado Vasco de Tecnologías Limpias (LVTE), impulsado por Ihobe, EVE y SPRI, es un instrumento fiscal para impulsar el desarrollo sostenible y facilitar la aplicación de la política ambiental vasca, mediante la transferencia tecnológica e implantación de equipos con un mejor desempeño ambiental.

Se entiende por “tecnología limpia” cualquier proceso, producto o servicio que reduce los impactos ambientales negativos a través de mejoras significativas en la eficiencia energética, el uso sostenible de los recursos o actividades de protección ambiental.

La aplicación de tecnologías limpias tiene ventajas adicionales, como, por ejemplo:
  • Moderniza los procesos de fabricación, generando mayor productividad, calidad y seguridad.
  • Incrementa la eficiencia, reduciendo los costes unitarios de fabricación y mejorando la competitividad de las industrias.
  • Genera actividad económica asociada, capacitando a los sectores complementarios de servicios, tales como ingenierías, instaladores, consultoría, etc., en la implantación y uso de estas.
  • Incrementa el valor añadido de la actividad industrial, facilitando la competitividad global frente a otras regiones.

La adquisición de estos equipos conlleva la aplicación de una deducción fiscal del 35% del coste de inversión del equipo sobre la cuota del Impuesto de Sociedades.

El 26 de diciembre de 2024 se publicó la ORDEN de 26 de noviembre de 2024, del Consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, por la que se actualiza y aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias. Este listado conlleva beneficios fiscales a la hora de adquirir los equipos incluidos en el mismo. En dicha orden se describen los criterios utilizados para la selección de los equipos incluidos en el listado, así como la descripción detallada de cada uno de ellos, los beneficios medioambientales y el sector industrial en el que deben aplicarse.

El Listado Vasco de Tecnologías Limpias va dirigido tanto a empresarios y empresarias como a empresas sujetas al impuesto de sociedades y que lo presentan en Euskadi.

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EQUIPOS DEL LISTADO POR TEMA AMBIENTAL

El Listado Vasco de Tecnologías Limpias incluye actualmente un total de 92 equipos:

A continuación, se desarrolla un listado de equipos por sectores de aplicación. Se han seleccionado los sectores más significativos en los que se puede aplicar un mayor número de equipos.


BENEFICIOS

Las empresas con domicilio fiscal en Euskadi pueden obtener una deducción de la cuota líquida en el Impuesto de Sociedades del 35% del importe de la inversión realizada en cualquiera de los equipos definidos en el Listado de Tecnologías Limpias.

Esta deducción es compatible con la libertad de amortización para las microempresas y pequeñas empresas y con la amortización acelerada de las Medianas empresas del artículo 21 de las Normas Forales del Impuesto sobre Sociedades.

Este beneficio fiscal se recoge en el Artículo 65 de las Normas Forales del Impuesto sobre Sociedades de los tres Territorios Históricos.

Los límites máximos cuantitativos y temporales a deducir por una empresa, permitidos por las normativas en vigor, son los siguientes:

  • En una liquidación del impuesto solo se podrán aplicar estas deducciones hasta alcanzar el 50% de la cuota líquida.
  • Las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota podrán aplicarse en las liquidaciones de los periodos impositivos que concluyan en los 30 años inmediatos y sucesivos.

Las tecnologías incluidas en el Listado cumplen con características que ofrecen una ventaja técnica y ambiental a las empresas que las adquieren.

Son tecnologías:

  • accesibles, desarrolladas a escala industrial y disponibles en el mercado;
  • con un grado de implantación limitado, preferentemente innovadoras, valorándose positivamente que el número de instalaciones potenciales a las que pueda transferirse la tecnología sea elevado;
  • que registran valores que superen la legislación medioambiental vigente;
  • prioritariamente de naturaleza preventiva frente a las de fin de proceso;
  • que tienen un impacto ambiental global positivo, mejor que otras tecnologías disponibles y/o contribuyen de modo relevante a cumplir los objetivos ambientales de Euskadi.

CÓMO BENEFICIARSE

El proceso de tramitar la deducción fiscal para la cuota del impuesto de sociedades, que se contempla de modo resumido en el gráfico adjunto, es:
  • Realización por parte de la empresa (o de su representante) de la Solicitud de Informe Motivado a través de www.ihobe.eus. Téngase en cuenta que, para realizar este envío, la persona de la empresa o a quien ésta delegue, deberá darse de alta en la citada web.
  • Recepción del Informe Motivado para que la empresa pueda adjuntarlo a la tramitación del impuesto de sociedades de las Haciendas Forales. La empresa puede recibir también un requerimiento de información más detallada o, en casos puntuales, una denegación del informe motivado.
  • La sociedad pública Ihobe notifica periódicamente a las Haciendas Forales los avances respecto a los Informes Motivados emitidos y responde a cualquier consulta que realice la administración foral.

CÓMO NOTIFICAR

Las empresas que lleven a cabo inversiones en equipos incluidos en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias notificarán a la sociedad pública Ihobe la inversión realizada a través del formulario habilitado al efecto en la página web de Ihobe (www.ihobe.eus) y solicitarán un Informe Motivado.

Tras comprobar que la tecnología se ajusta a la definición y que la inversión es elegible, Ihobe o EVE, en función de sus ámbitos de actuación, responderán a la empresa con un Informe Motivado. La empresa adjuntará este informe a la documentación requerida en la tramitación del Impuesto de Sociedades.

En caso de dudas previas con relación a la solicitud, a la elegibilidad de los gastos o a la identificación precisa de la tecnología sujeta a deducciones, se habilita la dirección de correo electrónico teknologiagarbiak@ihobe.eus.

Por lo tanto, las organizaciones de Euskadi deberán:

  • Anualmente analizar el Listado de Tecnologías Limpias en vigor e identificar los equipos de interés para sus procesos.
  • Cuando realicen una inversión en alguno de los equipos incluidos en el Listado de Tecnologías Limpias deberán cumplimentar el Formulario de solicitud de informe motivado y enviarlo a Ihobe junto con los anexos correspondientes. Es importante indicar que, en el momento de la solicitud a Ihobe, la inversión debe estar ejecutada y pagada.
  • Analizar su capacidad restante para deducir, teniendo en cuenta los límites cuantitativos y temporales de la normativa tributaria.

 

La información a aportar a Ihobe es la siguiente:
  • Persona que realiza el trámite.
  • Datos de la empresa que adquiere el equipo: razón social/denominación, CIF, tamaño, municipio, Territorio Histórico del Domicilio Fiscal, sector CNAE, contacto técnico, contacto financiero de la empresa que adquiere el equipo
  • Datos del equipo adquirido: denominación del equipo adquirido, fecha adquisición del equipo, emplazamiento en el que se instala el equipo adquirido, nº de equipos adquiridos, coste total de la inversión, costes elegibles de la adquisición del equipo, declaración de otras ayudas recibidas por los mismos conceptos.
  • Datos de la empresa fabricante del equipo adquirido: razón social / denominación, ubicación.
  • Datos de la empresa comercializadora del equipo adquirido: razón social / denominación, ubicación, contacto.

 

La documentación a anexar es la siguiente:
  • Fichas técnicas: fichas detalladas donde se especifiquen las características técnicas de cada equipo.
  • Costes desglosados del equipo: presupuesto desglosado de la inversión donde se identifiquen los gastos elegibles.
  • Facturas que acrediten el coste del equipo.
  • Justificantes de pago correspondientes a las facturas presentadas y que acrediten el pago del equipo.
  • En su caso, resolución del programa de ayudas.
  • En su caso, autorizaciones o permisos necesarios para su puesta en marcha.
  • En su caso, formulario de otorgamiento de representación cuando la solicitud se haga mediante representante.
A modo de ejemplo, y no siendo un listado exhaustivo, en una inversión para instalar paneles fotovoltaicos no tendrán la consideración de costes elegibles dentro del Listado Vasco de tecnologías Limpias, los siguientes conceptos:
  • No se considera elegible la posible obra civil que se pueda llegar a acometer que exceda del propio montaje de los paneles y la estructura (en caso de que hubiese que realizar zanjas o levantado de aceras para acometidas… este no se considerara coste elegible).
  • No se consideran elegibles ningún trámite administrativo (proyecto, memoria, legalización, solicitud de ayudas, seguridad y salud, ingeniería, gestión de residuos…).
  • No se consideran elegibles las baterías en el caso de instalaciones fotovoltaicas (únicamente los colectores solares).
  • No se considera elegible el transporte ni la grúa para subir los paneles a cubierta.


Concepto Unidades Precio Elegible
Paneles Solares 24 4.320 €
Inversores  1 1.300 €
Baterias 1 2.400 € No
Material eléctrico   1.100 €
Estructura para fijación de paneles   900 €
Sistemas de monitorización y control   720 €
Mano de obra de la instalación y puesta en marcha   1.800 €
Ingeniería, legalización, ...   1.600 € No
Maquinaria elevadora, ...   800 € No
Importe total I.V.A. no incluido   14.940 €  
Importe elegible   10.140 €  
35% de importe elegible   3.549 €  

SOLICITUD DE INFORME MOTIVADO POR LA INVERSIÓN EN EQUIPOS INCLUIDOS EN EL LISTADO DE TECNOLOGÍAS LIMPIAS

El formulario dispone de un límite temporal de 1 hora. Una vez superado el límite se cerrará la sesión. Por lo tanto, antes de entrar al formulario web se recomienda:
  • Iniciar sesión en la web de Ihobe
  • Recopilar los datos necesarios relacionados con la empresa que adquiere el equipo, el equipo adquirido, la empresa fabricante del equipo adquirido y la empresa comercializadora del equipo adquirido.
  • Preparar la documentación a anexar en formato digital. El tamaño máximo para cada uno de los archivos es de 2GB.

Una vez enviado el formulario recibirá un email de confirmación.